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El alcohol al conducir. Límites a menores.

Según la Dirección General de Tráfico, el alcohol está presente entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales. El alcohol es una sustancia que altera la capacidad de conducir y aumenta el riesgo de tener algún tipo de accidente.

En España, la tasa de alcoholemia máxima permitida es de 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l de alcohol en sangre. Estos límites se reducen a 0,15 mg/l y 0,3 g/l para los conductores noveles y profesionales. Los menores de 18 años que conduzcan patinetes, bicicletas o ciclomotores tienen una tasa 0,0.

En el aspecto de las tasas máximas tenemos que hacer especial mención a la última modificación de la Ley sobre Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en la que se especifica que los menores de edad, que conduzcan algún tipo de vehículo no podrán haber bebido absolutamente nada y deberán presentar una tasa de 0,0 si se le práctica la prueba de alcoholemia.

Igualmente, independientemente de la edad que se tenga, no está permitido conducir ningún tipo de vehículo si se han consumido drogas y de demostrarse que se está bajo los efectos de la droga será considerado delito.

Las sanciones por superar la tasa de alcohol pueden ir desde multas de 500 o 1.000 euros y/o retirada de 4 o 6 puntos del carnet, hasta penas de prisión e inhabilitación para conducir en caso de delito. Además, el vehículo puede ser inmovilizado.

Realmente, la única tasa segura es 0,0 g/l. Es por eso, que se recomienda un consumo responsable de alcohol y evitar conducir bajo sus efectos con la finalidad de prevenir muchos de los accidentes.


DGT – Más información sobre el consumo de alcohol al volante.

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