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¿Es Obligatorio salir de una Glorieta por el carril derecho?

Desde que se introdujo la definición de glorieta en el Reglamento de la Circulación, el asunto glorieta no ha dejado de suscitar confusiones de todo tipo.

La glorieta NO fue una forma nueva de circular.

Para entender perfectamente que es una glorieta solo tenemos que leer bien su definición, en el ANEXO I de la Ley de Tráfico se define de manera resumida así: Es un tipo especial de intersección en la que la circulación está establecida en sentido giratorio.

Entonces, ¿La Glorieta es una intersección?.. Pues a todas luces si… Aunque por ser glorieta tiene sus particularidades.

Particularidades de las glorietas.

  • Art. 43 del Reglamento de la Circulación: Cuando se circule por una glorieta, el centro hay que dejarlo a la izquierda.
  • Art. 46 del RC: Hay que moderar la velocidad al igual que en las intersecciones.
  • Art. 57 del RC: Los que circulen por dentro de la glorieta tienen prioridad de paso sobre los que pretenden acceder a ella. (salvo señalización en contra)
  • Art. 64 del RC: Si hay ciclistas que circulen en grupo y uno ya ha entrado, los demás tienen prioridad de paso.
  • Art. 87 del RC: Excluye a la glorieta de la prohibición de adelantar en intersecciones.
  • Art. 125 de RC: Los peatones estarán obligados a rodearlas.

Y estas son básicamente las pocas particularidades de estas «intersecciones especiales de sentido giratorio«.

¿Pero entonces, por qué es obligatorio salir de la glorieta desde el carril derecho?

Como hemos dicho, la glorieta es a todas luces una intersección, viene en su definición, por lo tanto, lo que no venga establecido de manera particular por ser glorieta, tendremos que aplicárselo por ser INTERSECCIÓN.

Como es una intersección y aquí viene el quid de la cuestión, mientras circulemos por la glorieta estaremos circulando por la intersección(la estaremos franqueando) y hasta el momento de abandonarla (para tomar otra dirección) no se puede interpretar como un giro o cambio de dirección (CAPÍTULO VI del RC).

En base a lo anterior, a los giros o cambios de dirección al salir de una glorieta, como son siempre a la derecha, tendremos que aplicarle el Art 75 del Reglamento de la Circulación, que dice: Para la ejecución de la maniobra de cambio de dirección y salvo que la vía esté acondicionada para realizarse de otra manera, si el cambio de dirección es a la derecha, estamos obligados a ceñirnos todo lo posible al borde derecho de la calzada.

La obligación de señalización de la maniobra vendría recogida en el Art 74 del Reglamento de la Circulación.

Por lo tanto, al realizar un giro a la derecha, sea donde sea, vamos a estar obligados a utilizar, como norma general, el carril de la derecha para efectuarlo correctamente, incluidas las glorietas y el incumplimiento de esta norma será considerado por tráfico como una infracción grave Art.75.2 RC y Art 76.c de la Ley de Tráfico.

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