No vamos a decir ni que sí, ni que no, aunque es conveniente leer hasta el final. Pero lo que si vamos a decir son las posibilidades que tenemos una vez que nos han notificado el inicio del procedimiento de pérdida de vigencia por haber perdido el saldo de puntos.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta son los plazos.
Cuando se nos notifica la incoación (Inicio) del procedimiento de pérdida de vigencia por haber perdido los puntos, por ley se establece que el titular tiene diez días para presentar las alegaciones oportunas. Lo que quiere decir, que tenemos 10 días, en principio, en los que el procedimiento está paralizado, por ley.
Por otro lado, en cuanto a los cursos de sensibilización para la recuperación parcial de puntos, la ley nos dice que «Los cursos deberán ser programados y dados de alta en la aplicación de la Dirección General de Tráfico con una antelación mínima de diez días». En base a esto, cabría la posibilidad de que algún centro tuviera ya programado un curso inminente, pudiendo intentar el alumno recuperar algún punto que evite la pérdida de vigencia. Por lo tanto, con estos datos aún estaríamos a tiempo.
Siguiendo dentro de los plazos, tenemos que decir que los plazos estarían muy justos, porque una vez finalizados los 10 días que se le dan al «presunto infractor» para las alegaciones, la Jefatura de Tráfico tiene potestad para resolver incluso al día siguiente, debiéndose realizar la comunicación, tras la resolución, en un plazo no superior a 15 días.
La duración del curso es de 10 horas, al menos, que puede ser perfectamente divido en dos sesiones, y «Una vez finalizado el curso de sensibilización y reeducación vial, «el Director del Centro donde se hubiera realizado comunicará por procedimientos informáticos al Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico el resultado obtenido en éste que, si fuera favorable, producirá la recuperación automática de los puntos».
Lo segundo que tenemos que tener en cuenta son los puntos.
Con un curso nunca vamos a poder recuperar más puntos de los correspondientes al saldo normal. Es decir, el saldo normal de puntos es 12, lo que pasa que nos pueden bonificar con hasta tres puntos, quedando el saldo en 15 puntos, pero las bonificaciones no se pueden recuperar con los cursos.
Las bonificaciones solo se recuperan con el transcurso del tiempo.
Lo que quiere decir es, que por ejemplo, si tenemos 12 puntos y hemos perdido los 12, no nos sirve de nada un curso, porque no vamos a poder recuperar ningún punto. Del mismo modo que si perdemos 14 y tenemos 14, es imposible, recuperar ningún punto teniendo 14, porque incluso, ya tenemos 2 que son bonificados.
En el caso de que tuviéramos 11 puntos y perdiéramos los 11 puntos, en este caso si podríamos realizar un curso, y aunque solo se pudiera recuperar un punto nos evitaría la pérdida de la vigencia del permiso.
Lo tercero que tenemos que tener en cuenta es la nueva modificación de la ley de Septiembre de 2024
La nueva ley que regula los cursos de sensibilización ha contemplado algo que no se contemplaba en la anterior regulación.
El art. 9 de la ley en cuestión recoge que los alumnos deberán ser inscritos durante las 24 horas previas a la hora del inicio del curso y para facilitar este trámite, la Dirección General de Tráfico permitirá una validación provisional de estos requisitos con carácter previo a la inscripción. «Solo podrán hacer el curso aquellos alumnos a los que la aplicación permita la inscripción«.
Lo anterior quiere decir que es la propia Tráfico la que controlará que alumnos pueden o no inscribirse en el curso. Conforme a todo esto, la pregunta es.. ¿Permitirá Tráfico la inscripción de un alumno a un curso de recuperación de puntos cuando ya tiene iniciado «previamente» un procedimiento de pérdida de vigencia del permiso por la pérdida de puntos? That is the question


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